A través del Decreto 663/2020, publicado en el Boletín Oficial, Alberto Fernández promulgó la Ley 27.554, para «promover la donación voluntaria de sangre con el objetivo de obtener plasma de pacientes recuperados de Covid-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran».
También, se creó un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 donantes de plasma y se estableció una licencia especial de dos días para ellos por cada donación de plasma que realicen, y procura garantizar el traslado de aquellos pacientes recuperados y aptos para ser donantes de plasma y que no tengan los medios para realizarlo.
Por otro lado, por medio del Decreto 664/2020, también publicado en el Boletín Oficial, el jefe del Estado promulgó la Ley 27.553, que establece que la prescripción y dispensación de medicamentos puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el país.
También, fija que «los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes».