lunes, septiembre 16, 2024
InicioDDHHEl Gobierno implementa una desregulación en el sector de las obras sociales,...

El Gobierno implementa una desregulación en el sector de las obras sociales, con el objetivo de fomentar la libre competencia.

El Gobierno nacional ha oficializado un decreto que desregula las obras sociales, permitiendo a los trabajadores elegir libremente su sistema de salud a partir del 1 de marzo próximo. Sin embargo, desde el sindicalismo han expresado preocupación, advirtiendo que estos cambios podrían perjudicar a los usuarios y al Estado al sobrecargar el sistema público en caso de incumplimientos por parte del sector privado. Por otro lado, el Gobierno se ha enfocado en resaltar la importancia de la libre elección para los beneficiarios.

La decisión ha sido oficializada a través del Decreto 170/2024, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Nicolás Posse y el ministro de Salud Mario Russo. Esta medida forma parte de la reglamentación de los artículos relacionados con el marco regulatorio de la Medicina Privada y Obras Sociales, el Sistema Nacional del Seguro de Salud y el derecho de libre elección, contemplados en el DNU 70/23.

Con los cambios introducidos, los beneficiarios ahora tendrán la libertad de elegir entre obras sociales y prepagas sin la obligación de permanecer un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo. Además, podrán hacerlo sin intermediación, una vez al año y en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral, según lo informado oficialmente.

En cuanto a las empresas de medicina prepaga, se les exigirá que aporten al Fondo Solidario de Redistribución el total de la cuota que reciben. Estas nuevas normativas permitirán que todos los beneficiarios del sistema puedan elegir independientemente de la antigüedad laboral y el tipo de contrato, sin importar ninguna intermediación.

Según las autoridades, estos cambios también promueven la libre competencia entre los diferentes entes privados que forman parte del sistema, en línea con la visión del Gobierno Nacional para diversas áreas de la economía.

La normativa establece que a partir del 1 de marzo, los afiliados titulares de los agentes del seguro de salud incluidos en la Ley N° 23.660 tendrán el derecho a la libre elección entre las entidades mencionadas en dicha ley, con la excepción prevista en el artículo 9°.

Además, se establece que aquellos beneficiarios que estén afiliados a un Agente del Seguro de Salud y elijan una entidad de medicina prepaga como proveedor de su cobertura médica, podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma entidad de medicina prepaga, sin estar sujetos al plazo mínimo de permanencia.

En cuanto al marco regulatorio de la medicina prepaga, se aclara que la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) no tendrá competencia para fijar los valores de las cuotas. En caso de quiebra, cierre o cesación de actividades de una empresa de medicina prepaga, la autoridad de aplicación no transferirá la cobertura de salud de los afiliados a otros prestadores. Además, no se establecerán aranceles mínimos obligatorios para los prestadores públicos y privados, ni se intervendrá en los modelos de contrato entre las empresas y los prestadores.

Además, la norma también deroga el Decreto 343/2023 y otorga a los agentes del seguro de salud la facultad de celebrar convenios con los hospitales públicos de gestión descentralizada. Estos convenios serán acuerdos libres entre las partes, en los que se establecerán las pautas sobre el tipo de prácticas, codificación, valores, facturación, pago y resolución de controversias. De esta manera, se busca brindar mayor autonomía a los agentes del seguro de salud y promover la colaboración entre el sector público y privado en la prestación de servicios de salud.

RELATED ARTICLES

Most Popular