La Secretaría de Energía aprobó una erogación del reconocimiento con carácter de asistencia económica transitoria a las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras anotadas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo, cuando el destino del producto sea el Programa Hogares con Garrafa (Hogar).
La resolución precisó que a los efectos de obtener la asistencia económica transitoria, las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras no deberán registrar incumplimientos a las obligaciones con el Registro.
Asimismo, las interesadas en percibir el beneficio deberán presentar ante la Subsecretaría de Hidrocarburos la Solicitud de Asistencia Económica Transitoria, datos de la cuenta bancaria de las empresas y facturas de venta de GLP.
La resolución estableció que la asistencia económica transitoria consistirá en el reconocimiento del 20% de la facturación que en concepto de venta de GLP neto de impuestos- facturen mensualmente las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras, durante el período agosto a diciembre de 2021 por el producto destinado al Programa Hogar.