viernes, octubre 18, 2024
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Renuevan norma que restringe la circulación de camiones en fines de semana largos y vacaciones

El Gobierno renovó para el próximo año la vigencia de la norma que prohíbe la circulación de camiones en las rutas nacionales durante los fines de semana largos, recambios turísticos o fechas determinadas en las que se movilicen una gran cantidad de vehículos particulares.

Lo hizo mediante una disposición 991 publicada en el Boletín Oficial, que lleva la firma del titular de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Pablo Martínez Carignano.

La norma establece que los vehículos de categorías N2 y, N3, O3 y O4 (de gran porte) “no podrán circular por las rutas nacionales en las fechas, horarios”, a determinar por la ANSV durante esas fechas especiales.

Quedan exceptuados de la norma los camiones que transporten leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados; animales vivos; productos frutihortícolas en tránsito; prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual; atención de emergencias; asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.

También exceptúan a los que trasladan combustible, Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo; gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos; medicinas; residuos sólidos urbanos; aquellos que circulan en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial y el transporte de sebo, hueso y cueros.

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